¿Quiénes Somos?La ACAA administra un seguro de servicios de salud y compensaciones, único en su clase, creado en Puerto Rico para beneficiar a las víctimas de accidentes de automóviles y a sus dependientes. MisiónReducir los trágicos efectos sociales y económicos producidos por los accidentes de tránsito sobre la familia y demás dependientes de las víctimas, proporcionando a éstas servicios médico-hospitalarios e ingresos que los libra de quedar en total desamparo y desvalimiento económico, así como compensaciones a los dependientes de víctimas fallecidas en tales accidentes. En la ACAA trabajamos para usted. VisiónMirando al futuro nos vemos como una institución ágil, modernizada y dinámica con todos sus sistemas operacionales integrados mediante tecnología e intercomunicación electrónica; facilitamos de servicios eficaces, de calidad y en el menor tiempo posible a nuestros reclamantes. Con un cuerpo de compañeros capacitados y comprometidos con nuestra Misión y la excelencia en el servicio, nos encaminamos a satisfacer a cabalidad las necesidades de nuestros asegurados y a promover, mediante la educación, la prevención de accidentes de tránsito. Trasfondo HistóricoLuego de un estudio comisionado por la Legislatura al Dr. Juan B. Aponte sobre los efectos socioeconómicos que los accidentes de automóviles causan en Puerto Rico, los legisladores Severo Colberg y Arcilio Alvarado presentaron un proyecto de ley que fue convertido en la Ley 138 de 26 de junio de 1968 por el entonces gobernador, honorable Roberto Sánchez Vilella. Durante la gobernación del honorable Luis A. Ferré se organizó el funcionamiento del nuevo organismo, se reclutó y adiestró el personal, se promulgó la reglamentación requerida por ley, se establecieron los procedimientos, se contrataron proveedores de servicios médico-hospitalarios en toda la Isla y, el 2 de enero de 1970, la ACAA abrió sus puertas con una Oficina Central, 10 oficinas regionales y 152 empleados listos para servir al Pueblo de Puerto Rico. La ACAA es una corporación pública cuyos poderes corporativos son ejercidos por una Junta de Directores, de conformidad con la Ley 138. La Junta es responsable de la administración de la Institución y de velar porque se cumpla con las disposiciones de la Ley, además de nombrar al Director Ejecutivo y de establecer las normas y condiciones para que ese Director desempeñe su función de administrar la Agencia. |